Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a contratar un seguro de accidentes para su plantilla que pague una cantidad fija por muerte o incapacidad permanente. No lo exige el Estatuto de los Trabajadores, sino tu convenio. Si no lo tienes y ocurre un accidente, la empresa paga la indemnización de su bolsillo: en construcción, hasta 60.000 € por trabajador.
¿Qué es?
Es una póliza colectiva de accidentes, a veces también de vida, que la empresa contrata a favor de sus trabajadores. Paga un capital fijo por fallecimiento, gran invalidez o incapacidad permanente (total, absoluta y, en algunos convenios, parcial), normalmente cuando derivan de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Algunos convenios la amplían a cualquier accidente, las 24 horas.
Jurídicamente es una mejora voluntaria de la Seguridad Social pactada en el convenio, y obliga a todas las empresas incluidas en su ámbito.
Ejemplos de importes por convenio
| Convenio | Muerte | Incapacidad permanente |
|---|---|---|
| Construcción (VII Convenio General, art. 69) | 60.000 € | Total 30.000 € · absoluta y gran invalidez 60.000 € |
| Transporte de mercancías, Comunidad de Madrid | 31.328,47 € | Total 31.328,47 € · absoluta 46.989,18 € |
| Transporte de mercancías, Región de Murcia | 30.000 € | Total 30.000 € · absoluta 50.000 € |
| Limpieza de edificios, Región de Murcia | 20.000 € | Total 8.196,25 € · absoluta 20.000 € |
| Hostelería de Valencia | 25.000 € | 25.000 € (accidente 24 horas) |
Son ejemplos: los importes se actualizan con cada convenio y cambian de una provincia a otra. No todos los convenios lo exigen: el de oficinas y despachos de Madrid, por ejemplo, no incluye esta obligación.
En construcción, la empresa contratista responde también de esta indemnización respecto al personal de sus subcontratas incluido en el convenio.
Qué pasa si no lo tienes
- La empresa paga la indemnización prevista en el convenio con su patrimonio. Muchos convenios lo dicen expresamente.
- Cuidado al cambiar de aseguradora: el Tribunal Supremo (STS 67/2019) ha considerado que lo que cuenta es la fecha de la declaración de incapacidad, no la del accidente. Un hueco entre pólizas puede dejarte sin cobertura.
- Posible multa: incumplir condiciones del convenio puede considerarse infracción grave del art. 7.10 de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 €.
Cómo saber si tu convenio lo exige
- Identifica tu convenio: lo determina la actividad real de la empresa. Suele figurar en las nóminas.
- Búscalo en el buscador REGCON del Ministerio de Trabajo, en el BOE o en el boletín de tu provincia o comunidad.
- Busca en el texto «póliza», «seguro», «indemnización por muerte» o «incapacidad permanente».
- Revisa los importes en cada nuevo convenio: suelen dar entre uno y tres meses para adaptar la póliza.
- Pide una póliza que se actualice automáticamente con el convenio y que no obligue a comunicar altas y bajas.
Otros seguros obligatorios para empresas
| Seguro | Quién |
|---|---|
| Responsabilidad civil profesional | Sociedades profesionales (Ley 2/2007), profesionales sanitarios en ejercicio privado, mediadores de seguros y otras profesiones según su colegio |
| RC y caución de agentes inmobiliarios | Agentes inmobiliarios en Cataluña (Decreto 12/2010) |
| Seguro decenal | Promotores de edificios de viviendas (Ley de Ordenación de la Edificación) |
| RC de espectáculos y locales | Locales de pública concurrencia y eventos, según la normativa autonómica |
| Seguro obligatorio de vehículos | Todo vehículo a motor de la empresa |
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro de convenio?
Solo si tu convenio colectivo lo exige. Muchos lo hacen, sobre todo en construcción, metal, transporte, limpieza y hostelería, pero no todos.
¿Cuánto cuesta un seguro de convenio?
Depende del sector y de los capitales del convenio. Como orientación, las corredurías hablan de 10-25 € por trabajador y año en oficinas, 15-40 € en comercio y 40-90 € en construcción.
¿Qué pasa si hay un accidente y no tengo el seguro?
La empresa tiene que pagar directamente la indemnización que fija el convenio, que puede llegar a decenas de miles de euros por trabajador, y puede además ser sancionada.
¿Tengo que comunicar las altas y bajas de trabajadores a la aseguradora?
Depende de la póliza. Muchas aseguradoras ofrecen pólizas que cubren automáticamente a toda la plantilla dada de alta y se regularizan una vez al año.
¿El seguro de convenio sustituye a la mutua de accidentes?
No. La mutua cubre las prestaciones de la Seguridad Social por accidente de trabajo. El seguro de convenio paga una cantidad adicional pactada en el convenio.
Fuentes
- BOE – VII Convenio General del Sector de la Construcción
- BORM – Convenio de limpieza de edificios de la Región de Murcia
- FROET – Nuevo convenio de transporte de Murcia y seguros
- Iustel – STS 67/2019 sobre seguro de convenio
- Iberley – Art. 7 LISOS
- Ministerio de Trabajo – Buscador REGCON
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Para casos concretos, consulta con un profesional.