Desde el 1 de enero de 2025, cualquier empresa que ponga en el mercado español productos envasados, también si vende online desde otro país, es responsable de los envases que genera: debe inscribirse en el Registro de Productores de Producto, adherirse a un sistema colectivo (SCRAP) y presentar una declaración anual antes del 31 de marzo. Si importa o compra en la UE envases de plástico, además paga el impuesto al plástico.
¿Quién es productor de envases?
- Envasadores: quien envasa un producto con su marca o para ponerlo en el mercado.
- Importadores y adquirentes en otros países de la UE de productos envasados que venden en España.
- Vendedores online desde fuera de España: pueden designar un representante autorizado. Si no lo hacen, responde el importador o, en su caso, la plataforma de comercio electrónico.
- Comercios y hostelería con envases de servicio (vasos, bandejas, bolsas que se llenan en el punto de venta), salvo que el fabricante del envase asuma la obligación por acuerdo.
Los distribuidores que no reenvasan ni ponen su marca no tienen que presentar la declaración.
Los envases se clasifican en domésticos (los puede comprar el público general), comerciales (hostelería, comercio, sanidad) e industriales.
Obligaciones
- Inscripción en la sección de envases del Registro de Productores de Producto del MITECO, con certificado digital. El número de inscripción debe figurar en las facturas y documentos comerciales.
- Adhesión a un SCRAP (sistema colectivo) o creación de un sistema individual. Para envases domésticos: Ecoembes y Ecovidrio; para comerciales e industriales hay varios sistemas nuevos desde 2025.
- Declaración anual de los envases puestos en el mercado el año anterior, hasta el 31 de marzo. Es simplificada por debajo de 15 toneladas al año.
- Plan empresarial de prevención y ecodiseño si superas ciertos umbrales anuales: 250 t de vidrio, 50 t de acero, 30 t de aluminio, 20 t de plástico o madera, 15 t de cartón, o 300 t en total.
- Marcado del envase indicando en qué contenedor se tira y si es reutilizable. Están prohibidas expresiones como «respetuoso con el medio ambiente».
Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables
- Tipo: 0,45 € por kilo de plástico no reciclado.
- Contribuyentes: fabricantes, importadores y adquirentes intracomunitarios de envases de plástico, vacíos o con producto.
- Exención de pequeñas cantidades: importaciones o compras en la UE que no superen 5 kg de plástico no reciclado al mes.
- Declaración: modelo 592, trimestral o mensual, del 1 al 20 del mes siguiente. En importaciones liquida la aduana.
- Registro territorial en la AEAT y libro registro de existencias para fabricantes y adquirentes intracomunitarios.
Sanciones
La Ley 7/2022 de residuos clasifica las infracciones generales así:
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve | Hasta 2.000 € |
| Grave | De 2.001 a 100.000 € |
| Muy grave | De 100.001 a 3.500.000 € |
El impuesto al plástico tiene su propio régimen: por ejemplo, no inscribirse en el registro territorial se sanciona con 1.000 €.
Lo que viene
- Reglamento europeo de envases (PPWR, Reglamento (UE) 2025/40): se aplica desde el 12 de agosto de 2026 y prevalece sobre la norma española. Trae límites de PFAS en envases alimentarios, declaración de conformidad de los envases, etiquetado armonizado desde agosto de 2028 y, a partir de 2030, prohibición de algunos formatos de un solo uso y límites al espacio vacío.
- Sistema de depósito y retorno (SDDR) para botellas de plástico, latas y briks: el plazo legal era noviembre de 2026, pero el propio sector da por hecho que se retrasará. Aún no hay fecha oficial.
Cómo elegir SCRAP o asesor
- Tipo de envase: doméstico, comercial o industrial. Cada SCRAP cubre unos u otros.
- Materiales: si usas vidrio necesitarás un sistema que lo cubra.
- Cuota de adhesión y mínimo anual: para volúmenes pequeños pesan más que la tarifa por tonelada.
- Autorización vigente del sistema en tu ámbito.
- Si vendes desde fuera de España, necesitas un representante autorizado que gestione registro, SCRAP y, si hace falta, el NIF.
Preguntas frecuentes
¿Una tienda online tiene que cumplir con los envases?
Sí, si pone productos envasados en el mercado español con su marca o los importa. Los vendedores de otros países pueden designar un representante autorizado; si no lo hacen, responde el importador o la plataforma.
¿Cuándo se presenta la declaración anual de envases?
Hasta el 31 de marzo, con los datos de los envases puestos en el mercado el año anterior. Por debajo de 15 toneladas al año es simplificada.
¿Qué es un SCRAP?
Un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor: una entidad que, a cambio de una tarifa por kilo o tonelada, organiza y financia la recogida y el reciclaje de los envases de sus empresas adheridas.
¿Pago el impuesto al plástico si compro envases en España?
No como contribuyente: el impuesto lo pagan el fabricante, el importador o quien compra en otro país de la UE. Tu proveedor lo repercutirá en la factura.
¿Qué cambia con el reglamento europeo de envases?
Desde el 12 de agosto de 2026 se aplica directamente en toda la UE. Añade requisitos progresivos de etiquetado, reciclabilidad, contenido reciclado y reducción de envases, sobre todo a partir de 2028 y 2030.
Fuentes
- BOE – RD 1055/2022 de envases
- MITECO – Preguntas frecuentes de la sección de envases
- AEAT – Impuesto sobre envases de plástico: exenciones
- Cuatrecasas – Obligaciones de envases en 2025
- El Debate – Retraso del sistema de depósito (12-9-2026)
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Para casos concretos, consulta con un profesional.